Sentencia N° 1017 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de julio de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1017, Exp. 08-1181, 21/07/2009
Expediente08-1181
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-07-21
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Jorge Bali Rahbe contra la Inspectoría General de Tribunales, por la presunta violación de sus derechos constitucionales. La Sala considera que la denuncia presentada por el accionante fue admitida y se abrió una investigación, lo que cesó la supuesta violación de derechos. Además, se concluye que no se ha vulnerado el derecho a la defensa del accionante, ya que las actuaciones han sido incorporadas al expediente disciplinario correspondiente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Jorge Bali Rahbe, en su condición de abogado, se fundamenta en la supuesta trasgresión de las garantías constitucionales consagradas en los artículos 49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Sin embargo, se establece que la Inspectoría General de Tribunales procedió a abrir el expediente disciplinario correspondiente y a realizar las investigaciones pertinentes, lo que implica que no existe retardo que pueda causar perjuicio al denunciante. Por lo tanto, la Sala concluye que la acción de amparo resulta inadmisible, ya que la lesión denunciada cesó con la apertura del procedimiento administrativo.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional que interpuso JORGE BALI RAHBE, identificado supra, en su condición de abogado, en su propio nombre contra la Inspectoría General de Tribunales. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.