Sentencia N° 1016 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de junio de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1016, Exp. 09-1207, 28/06/2011
Expediente09-1207
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-06-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por los abogados Gonzalo Himiob Santomé y Linda Manaka Infante en representación de Otto Adolf Gebauer Morales. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de presentación de la copia certificada de la sentencia condenatoria dictada el 22 de mayo de 2006 por el Tribunal Militar Primero de Juicio, lo cual es un requisito indispensable para la admisión de la revisión. La Sala establece su competencia para conocer de la solicitud y resalta la importancia de contar con el documento fundamental para verificar la admisibilidad de la demanda.

Extracto de la motiva

La verificación de esta causal de inadmisión responde a la insuficiencia de las copias simples -que fue lo que se acompañó a la demanda- para que den fe de su contenido. En los procesos contradictorios, esa insuficiencia de las reproducciones fotostáticas puede ser subsanada por la omisión de su impugnación o por su expresa aceptación por la contraparte a tenor de lo que dispone el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, oportunidad que no existe en la revisión. Por cuanto, en el caso bajo análisis, el pretendiente de la revisión no cumplió con su carga procesal de acompañamiento de copia certificada del acto decisorio cuya revisión pretendió (documento fundamental para la verificación de la admisibilidad y procedencia de su pretensión), así como tampoco demostró alguna imposibilidad para su obtención, esta Sala Constitucional, con fundamento en el artículo 133.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, declara la inadmisión de la petición de revisión que se examina y así se decide.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión formulada por los abogados GONZALO HIMIOB SANTOMÉ y LINDA MANAKA INFANTE, actuando como defensores privados del ciudadano OTTO ADOLF GEBAUER MORALES, contra la sentencia condenatoria dictada, el 22 de mayo de 2006, por el Tribunal Militar Primero de Juicio con sede en Caracas del Circuito Judicial Penal Militar. Así se decide.

Palabras clave

revisióninadmisibilidadcarga procesalcopia certificadasentenciatribunal militar

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