Sentencia N° 1015 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de noviembre de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 1015, Exp. 10-0823, 30/11/2016
Expediente10-0823
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-11-30
DecisiónANULA la sentencia dictada el 9 de mayo de 2016 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, así como todos los actos procesales subsiguientes.

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 1624 el 30 de noviembre de 2016, en la que se abordó el desacato a la sentencia anterior N° 1624 del 10 de diciembre de 2015. Se determinó que la sociedad mercantil Perfumería Tauro C.A. no había recibido la entrega de los locales comerciales a pesar de tener la titularidad del derecho, lo que llevó a la anulación de la sentencia del Juzgado Sexto de Primera Instancia que había declarado nula la entrega material de los inmuebles. La Sala ordenó el cumplimiento inmediato de la entrega de los locales a Perfumería Tauro C.A.

Extracto de la motiva

(…)Precisado lo anterior y luego de realizar un examen detallado de las actuaciones procesales que se sucedieron por parte de los tribunales de instancia, con el fin de acatar el contenido de la sentencia N° 1.083 dictada el 19 de mayo de 2006 por la Sala Constitucional, este órgano jurisdiccional estima que el quid para establecer si se dio o no cumplimiento a la sentencia in commento se centra en determinar cuál era la situación procesal en la que se encontraba la sociedad mercantil Perfumería Tauro C.A, frente a los bienes inmuebles (locales comerciales) que reclamaba en propiedad a la empresa Corporación Revi C.A., antes de que se efectuasen sus ventas y se incoasen los distintos procesos judiciales (demanda por cobro de bolívares y proceso de tercería) que fueron declarados inexistentes por esta Sala, al quedar demostrado su carácter fraudulento. En tal sentido, este órgano jurisdiccional aprecia que en la sentencia N° 1.083/2006 la empresa Perfumería Tauro en la narración de su pretensión de avocamiento, determinó con total y absoluta precisión la situación procesal en la que se encontraba, antes de que se iniciaran en su contra los referidos procesos judiciales fraudulentos. En tal sentido expuso lo siguiente: '(…) 1.2 Que, Corporación Revi C.A. (en adelante Revi) y Tauro suscribieron un contrato de opción de compra sobre los locales 1-5A, 1-5B, 1-5C, 1-5D, que antes se mencionaron, opción que Tauro ejerció el 19 de diciembre de 1985, momento a partir del cual se perfeccionó la venta de los inmuebles. Que, en virtud del incumplimiento de Revi, Tauro demandó la declaratoria de perfeccionamiento de la opción y la transmisión del derecho de propiedad y obtuvo una prohibición de enajenar y gravar sobre los locales comerciales, medida que se notificó a la Oficina Subalterna de Registro el 8 de junio de 1987. (…) 1.4 Que, el 28 de agosto de 1989, la demanda de cumplimiento de contrato contra Revi fue declarada con lugar por cuanto el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas consideró que, Tauro ejerció oportunamente la opción de compraventa y con ello se había perfeccionado el contrato de venta con lo cual nació en cabeza de Revi la obligación del registro del contrato, decisión que fue confirmada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 8 de enero de 1990. La sentencia de segundo grado de jurisdicción fue objeto de casación, recurso que fue desestimado por la Sala de Casación Civil de la entonces Corte Suprema de Justicia el 7 de mayo de 1997. Que, posteriormente la sentencia de la Alzada fue objeto de recurso de invalidación que declaró sin lugar el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 26 de febrero de 1999, acto jurisdiccional que fue objeto de casación la cual fue desechada el 29 de octubre de 2003. (…)

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ANULA la sentencia dictada el 26 de marzo de 2008 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, así como todos los actos procesales subsiguientes y ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que dé cumplimiento estricto, y sin dilación alguna, a la orden de entrega inmediata de los locales comerciales identificados originalmente con las siglas 1-5A, 1-5B, 1-5C y 1-5D, (hoy día agregados a los locales 1-5E, 1-5F, 1-5G, 1-5H, 1-5I, 1-5J, 1-5K, 15L y 1-5M) a la sociedad mercantil Perfumería Tauro C.A., en cumplimiento del mandato contenido en la sentencia número 1083/2006, dictada por esta Sala (…)

Palabras clave

desacatonulidadsentenciaentrega de inmuebles

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