Sentencia N° 1013 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de julio de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1013, Exp. 08-1222, 21/07/2009
Expediente08-1222
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-07-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia dictada el 31 de mayo de 2006 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, que revocó la autorización de viaje al exterior de las hijas de Rebeca Irene Yépez Houser. La Sala determinó que la decisión carecía de motivación adecuada y no consideró el interés superior de las menores, lo que vulneró sus derechos. En consecuencia, se declaró con lugar la solicitud de revisión y se ordenó dictar una nueva decisión sobre el recurso de apelación interpuesto.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara que HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el abogado el abogado Douglas Rodríguez, actuando con el carácter de apoderado judicial de las niñas cuya identificación se omite, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, según instrumento poder otorgado por la ciudadana Rebeca Irene Yépez Houser, de la sentencia dictada, el 31 de mayo de 2006, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio por privación de guarda y custodia y autorización de viaje y residencia en el exterior, incoado por el ciudadano Andre Charles Marie D’stienne D’orves, contra la referida ciudadana. En consecuencia, se ORDENA dictar nueva decisión sobre el referido recurso de apelación, considerando lo expuesto en el presente fallo, para lo cual deberá remitirse el expediente correspondiente, identificado KPO2-R-2006-0000610, que se seguía en el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, al Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara-Carora, actualmente competente para conocer de la misma.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara que HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el abogado el abogado Douglas Rodríguez, actuando con el carácter de apoderado judicial de las niñas cuya identificación se omite, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, según instrumento poder otorgado por la ciudadana Rebeca Irene Yépez Houser, de la sentencia dictada, el 31 de mayo de 2006, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio por privación de guarda y custodia y autorización de viaje y residencia en el exterior, incoado por el ciudadano Andre Charles Marie D’stienne D’orves, contra la referida ciudadana. En consecuencia, se ORDENA dictar nueva decisión sobre el referido recurso de apelación, considerando lo expuesto en el presente fallo, para lo cual deberá remitirse el expediente correspondiente, identificado KPO2-R-2006-0000610, que se seguía en el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, al Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara-Carora, actualmente competente para conocer de la misma.