Sentencia N° 1010 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de noviembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 1010, Exp. 24-0374, 21/11/2024
Expediente24-0374
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-21
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Yenifer Lilibeth Colmenares Olivares contra la sentencia de la Sala Siete de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible su acción de amparo constitucional. La decisión se fundamentó en que la apelante no agotó las vías ordinarias disponibles para impugnar la decisión del juez de primera instancia, lo que llevó a la inadmisibilidad de su acción de amparo conforme al artículo 6, numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La Sala también hizo un llamado de atención a la Corte de Apelaciones por su error en la argumentación de la inadmisibilidad.

Extracto de la motiva

“es criterio de esta Sala, formado al hilo de los razonamientos precedentes, que la acción de amparo constitucional, opera en su tarea específica de encauzar las demandas contra actos, actuaciones, omisiones o abstenciones lesivas de derechos constitucionales, bajo las siguientes condiciones: a) Una vez que los medios judiciales ordinarios han sido agotados y la situación jurídico constitucional no ha sido satisfecha; o b) Ante la evidencia de que el uso de los medios judiciales ordinarios, en el caso concreto y en virtud de su urgencia, no dará satisfacción a la pretensión deducida. (…Omissis…) De cara al segundo supuesto, relativo a que la acción de amparo puede proponerse inmediatamente, esto es, sin que hayan sido agotados los medios o recursos adjetivos disponibles, el mismo procede cuando se desprenda de las circunstancias fácticas o jurídicas que rodean la pretensión que el uso de los medios procesales ordinarios no es idóneo para garantizar la protección de los derechos fundamentales invocados.”

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Yenifer Lilibeth Colmenares Olivares, asistida por el abogado Franki José Martínez Murillo, contra la sentencia dictada el 11 de abril de 2024, por la Sala Siete (7°) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional.

Palabras clave

Amparo ConstitucionalInadmisibilidadDebido ProcesoTutela Judicial Efectiva

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