Sentencia N° 1010 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de mayo de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1010, Exp. 03-2992, 26/05/2004
Expediente03-2992
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-05-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por el abogado Argenis José González Salas en representación de Aníbal José Castillo Méndez, quien impugnó un cambio de calificación jurídica realizado por el Tribunal Cuarto de Control. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción de amparo, lo que motivó la apelación ante la Sala Constitucional. La Sala, tras analizar los fundamentos de la apelación y la inadmisibilidad, decidió confirmar la decisión de la Corte de Apelaciones, argumentando que el recurso de apelación era la vía adecuada para resolver la controversia planteada.

Extracto de la motiva

Para decidir se observa que, mediante sentencias números 1 y 2 del 20 de enero de 2000 (Casos Emery Mata Millán y Domingo Ramírez Monja), esta Sala Constitucional se declaró competente para conocer en segunda instancia de las apelaciones y consultas en amparo que prevé el artículo 35 de la Ley Orgánica que rige la materia, cuando dichas acciones sean conocidas en primera instancia por los Tribunales o Juzgados Superiores y Cortes de Apelaciones. Por tanto, en virtud del criterio sostenido en las sentencias referidas y visto que la decisión apelada ha sido dictada por la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, esta Sala resulta competente para conocer de la presente apelación, y así se declara. Determinada como fue la competencia, se observa que la acción de amparo constitucional fue interpuesta contra la decisión, del 29 de agosto de 2003, dictada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en la que se admitió parcialmente la acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público (vid folio Nº 30 del expediente) modificando la calificación jurídica de homicidio culposo a homicidio simple, y se ordenó el auto de apertura a juicio del imputado Aníbal José Castillo Méndez.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, CONFIRMA, la decisión del 13 de septiembre del 2003, dictada por la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los defensor del ciudadano Aníbal José Castillo Méndez. Publíquese, regístrese. Remítase el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionalcambio de calificaciónderecho a la defensadebido procesoCorte de Apelacionesinadmibilidadrecurso de apelación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca