Sentencia N° 1009 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de junio de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1009, Exp. 10-1258, 28/06/2011
Expediente10-1258
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-06-28
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Tulio Ontiveros en representación de BENJAMÍN SEGUNDO DURÁN URDANETA, contra una sentencia del Juzgado Superior que declaró sin lugar un recurso de hecho. La Sala determinó que la revisión no constituye una tercera instancia y que la solicitud no cumplía con los requisitos necesarios para ser admitida. Finalmente, se declaró NO HA LUGAR la solicitud de revisión, reafirmando la inadmisibilidad del recurso de apelación en este contexto.
Extracto de la motiva
La revisión no constituye una tercera instancia, ni una solicitud que pueda ser intentada bajo cualquier fundamentación de interés subjetivo, sino una potestad extraordinaria, excepcional y discrecional de esta Sala Constitucional para uniformar los criterios constitucionales, y para preservar la garantía de la supremacía y eficacia de las normas y principios constitucionales, lo cual conlleva la seguridad jurídica. La Sala estima que la situación planteada no se enmarca dentro de la finalidad que persigue la solicitud de revisión en los términos expresados en los fallos citados. En consecuencia, esta Sala desestima la revisión solicitada al no considerar que existen circunstancias que justifiquen el ejercicio de la potestad extraordinaria, excepcional y discrecional de esta Sala Constitucional para la uniformación de criterios constitucionales.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Tulio Ontiveros, en su carácter de representante judicial de del ciudadano BENJAMÍN SEGUNDO DURÁN URDANETA, ya identificados, de “la sentencia dictada por el Juzgado superior (sic) en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda el (sic) 11 de octubre de 2010, que declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto contra el auto de fecha 16 de septiembre de 2010 del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, el cual negó el recurso de apelación ejercido contra el auto de fecha 5 de agosto de 2010 Exp. 10-7298.
Palabras clave
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