Sentencia N° 1009 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de mayo de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 1009, Exp. 05-0582, 26/05/2005
Expediente05-0582
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-05-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de apelación en una acción de amparo constitucional interpuesta por Manuel Joaquín Ventura De Oliveira y María Del Rosario Oporto Ventura. Los apelantes denunciaron la violación del derecho al juez natural debido a la desestimación de su denuncia por parte de la Sala Octava de la Corte de Apelaciones. La Sala Constitucional ordenó al Juzgado Séptimo de Primera Instancia que informara sobre la validez de la constitución del Tribunal mixto y la aceptación o rechazo de los escabinos convocados para el juicio penal en cuestión.

Extracto de la motiva

Visto que la Sala Octava de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante Oficio Nº 150805 del 16 de marzo de 2005, remitió a esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el expediente N° 222405, a los fines de que resolviera el recurso de apelación ejercido en la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos MANUEL JOAQUÍN VENTURA DE OLIVEIRA y MARÍA DEL ROSARIO OPORTO VENTURA, titular de la cédula de identidad No. 13.851.921 el primero, (el número de la segunda no consta en autos), asistido por los abogados Carlos Simón Bello Rengifo y Gladys Rodríguez de Bello, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 7.130 y 19.126, respectivamente, contra la decisión que dictó el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas el 15 de febrero de 2005, mediante la cual fijó la oportunidad para que se realizara el juicio oral y público, en atención a la imposibilidad de constituir el Tribunal Mixto, con ocasión del juicio penal incoado por los accionantes, contra los ciudadanos Klaus Harald Reinhold Meyer Delius, Jack Bandel y Renata Revel Chion, por su presunta participación en la comisión del delito de homicidio culposo en perjuicio de su menor hijo (cuyo nombre se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), previsto y sancionado en el artículo 422 del Código Penal.

Dispositiva

ORDENA al Juzgado Séptimo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en el artículo 19.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con lo establecido en el artículo 514 del Código de Procedimiento Civil, informe a esta Sala dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al recibo de la notificación, si en el caso de autos se realizó válidamente la constitución y depuración de los referidos escabinos, así como también informe si efectivamente los escabinos que fueron convocados para la constitución del Tribunal mixto, manifestaron expresamente su aceptación o rechazo, de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente, que remita a esta Sala, en copias certificadas, todas las actuaciones realizadas en el expediente original n° 2880, contentivo del referido juicio penal.

Palabras clave

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