Sentencia N° 1006 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de junio de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1006, Exp. 20-0264, 27/06/2025
Expediente20-0264
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2025-06-27
DecisiónIMPROCEDENTE in limine litis
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo interpuesta por Marco Enrique Martínez Castro contra la decisión del Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo que confirmó la inadmisibilidad de su acción de amparo. La Sala argumenta que no se evidencian violaciones flagrantes a derechos constitucionales y que la acción no cumple con los requisitos de procedencia establecidos en la ley. Se destaca la falta de motivación en las decisiones previas, pero se concluye que no se justifica la admisión del amparo.
Extracto de la motiva
motivado a la restricción de movilidad entre los municipios del estado Aragua, debido al decreto de alarma, producto de la pandemia por el Covid-19. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 13 4.- Que la Junta Disciplinaria se inició el 5 de mayo de 2020, y para ello se le designó un Defensor Público Militar; sin embargo alegó que no se le concedió el tiempo suficiente para preparar su defensa, y no se le garantizó el derecho a ser oído, con lo cual se violentó su derecho a la defensa, al debido proceso y la garantía de una tutela judicial efectiva.
Dispositiva
IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional incoada por el abogado Elías Antonio Castro Guerra, apoderado judicial del ciudadano MARCO ENRIQUE MARTÍNEZ CASTRO, contra la sentencia dictada el 7 de julio de 2020, por el Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital.