Sentencia N° 1006 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de diciembre de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1006, Exp. 11-0785, 10/07/2012
Expediente11-0785
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-12-01
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Marylis Imelda Morocoima Carrera, quien alegó haber sido forzada a renunciar a su cargo en el Instituto Militar Universitario de Tecnología de la Guardia Nacional debido a su estado de gravidez. La Sala consideró que las disposiciones normativas que regulan la educación militar no vulneran los derechos a la igualdad de género ni a la protección de la maternidad, ya que están diseñadas para garantizar la seguridad de las estudiantes durante su formación. Finalmente, la Sala declaró sin lugar la acción de amparo, argumentando que la solicitante había actuado de manera voluntaria al presentar su renuncia.
Extracto de la motiva
En el presente caso, los apoderados judiciales de la ciudadana Marylis Imelda Morocoima Carrera interpusieron acción de amparo constitucional contra el Instituto Militar Universitario de Tecnología de la Guardia Nacional, Extensión Punta de Mata, “Cnel. Leonardo Infante”, al considerar que fueron quebrantados los derechos constitucionales de su mandante al trabajo, a la mujer, a la maternidad, a la familia y a la integridad física, psíquica y moral, con ocasión de su retiro de dicho Instituto militar. La pretensión de los apoderados de la parte accionante es que se reincorpore a su mandante al ejercicio del cargo de Sargento Segundo en el Componente Guardia Nacional de la Fuerza Armada Bolivariana bajo el argumento de que dos (2) días antes de su acto de graduación fue sometida -sin su consentimiento- a una prueba de embarazo por parte del referido Instituto Militar, en la que se determinó su estado de gravidez, razón por la cual –según afirma- el Coordinador Académico la coaccionó, intimidó, hostigó, amenazó y acosó para que firmara la solicitud de baja, privándola de su derecho a ser incorporada al Componente de la Guardia Nacional; por lo que concluyeron que no fue casual que la solicitud de baja de la Institución presentada por su mandante se produjo justamente a escasas horas de su acto de grado. De igual manera, advirtieron que le entregaron una copia fondo negro del título, por lo que efectivamente ya había cumplido los requisitos para culminar sus estudios. Estos argumentos fueron reiterados en la audiencia constitucional.
Dispositiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de lo expuesto, declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Marylis Imelda Morocoima Carrera contra el Instituto Militar Universitario de Tecnología de la Guardia Nacional, Extensión Punta de Mata, “Cnel. Leonardo Infante”, por considerar que no se han vulnerado los derechos constitucionales alegados. Se ordena la notificación de esta decisión a las partes involucradas.
Palabras clave
amparo constitucionalderechos de la mujermaternidadeducación militarviolencia de género