Sentencia N° 1004 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de julio de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 1004, Exp. 15-0652, 28/07/2015
Expediente15-0652
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-07-28
DecisiónIMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Luis Ernesto Fidhel Gonzales y Luis Alberto Blanco Molina, en representación del ciudadano Luis Manuel García Silva, contra la decisión del Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. La acción se basa en la alegación de violaciones al derecho a la defensa y al debido proceso en relación con una providencia administrativa que ordenaba el reenganche y pago de salarios caídos del trabajador. La Sala concluye que el recurso de amparo no cumple con los requisitos establecidos y que no se han verificado las alegadas violaciones constitucionales.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo se ejerce contra la decisión dictada por el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, esta Sala Constitucional considera que es competente para conocer de la misma. Así se decide. En virtud de lo expuesto, la Sala declara improcedente in limine litis la acción de amparo constitucional incoada por los abogados Luis Ernesto Fidhel Gonzales y Luis Alberto Blanco Molina, actuando en su carácter de representantes legales del ciudadano Luis Manuel García Silva, antes identificados, contra la decisión dictada el 30 de abril de 2015, por el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS acción de amparo constitucional ejercida por los abogados Luis Ernesto Fidhel Gonzales y Luis Alberto Blanco Molina, actuando en su carácter de representantes legales del ciudadano Luis Manuel García Silva, antes identificados, contra la decisión dictada el 30 de abril de 2015, por el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Publíquese, comuníquese y regístrese.

Palabras clave

reenganchesalarios caídosderecho al trabajoestabilidad laboralley orgánica del trabajo

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