Sentencia N° 1003 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de mayo de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1003, Exp. 01-2864, 26/05/2004
Expediente01-2864
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-05-26
DecisiónTerminada el procedimiento

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declaró terminado el procedimiento de amparo constitucional interpuesto por un grupo de ciudadanos contra una decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de Nueva Esparta. La acción de amparo fue admitida, pero la parte actora no compareció a la audiencia, lo que llevó a la Sala a concluir que no había afectación a derechos de orden público. La Sala fundamentó su decisión en la falta de comparecencia y en la ausencia de infracción de derechos constitucionales que afectaran a un colectivo o al interés general.

Extracto de la motiva

La falta de comparecencia del presunto agraviado dará por terminado el procedimiento, a menos que el tribunal considere que los hechos alegados afectan el orden público… En el caso de autos no se encuentra involucrado el orden público a los efectos de la acción de amparo, dado que no existe una infracción de derechos constitucionales que afecte a colectivo alguno o al interés general, más allá de los intereses particulares de los accionantes.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la acción de amparo constitucional intentada por el abogado Guillermo Maurera en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos José Modesto Ávila Salazar, José Mercedes Ávila Salazar, Marisela Del Valle Ávila Salazar, Carlota Mercedes Ávila Salazar, Roldán José Ávila Salazar, Héctor Luis Ávila Salazar, César Luis Ávila Salazar, Joel José Ávila Salazar y Carlos Daniel Ávila Salazar, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, el 19 de julio de 2001.

Palabras clave

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