Sentencia N° 100 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de marzo de 2026

TSJ/SC, Sent. N° 0100, Exp. 18-0438, 02/03/2026
Expediente18-0438
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-03-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 2 de marzo de 2026, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados de Carla Gabriela Pereira Pinheiro contra la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala fundamentó su decisión en que la recurrente había optado por recurrir a vías judiciales ordinarias, lo que conllevaba a la inadmisibilidad de la acción de amparo según lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

Consideraciones para Decidir, pero no lo hizo, la primera situación planteada, que devino en el incumplimiento del procedimiento establecido por la Sala Constitucional en Sentencia de Carácter Vinculante (Nro. 2.720 del 04/11/2002), se debió a que ‘NO’ fue IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 21 tramitada la autorización por ante el Tribunal de Control para incinerar la presunta droga incautada, impidiéndole a nuestra Defendida que ejerciera el debido control sobre la misma, tan así es, que se hizo imposible la práctica de Experticia de activación de huellas Dactilares Latentes sobre la Caja de Cartón, violentándose el debido proceso y creando estado de indefensión a nuestra defendida, que no pudo ni podrá ejercer dicho control, y mucho menos a las figuras que pretenden endilgarle, conculcándosele derechos y principios constitucionales, entre ellos el derecho a la defensa, al

Dispositiva

PRIMERO: Que esta Sala tiene COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación de amparo constitucional, interpuesto por los abogados Eva Margot Yanes Bolívar y Piero Antonio Affrunti García, actuando en su condición de defensores privados de la ciudadana CARLA GABRIELA PEREIRA PINHEIRO. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación ejercida contra la decisión dictada el 17 de mayo de 2018, por la Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas (hoy estado La Guaira); la cual se CONFIRMA en sus mismos términos.

Palabras clave

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