Sentencia N° 10 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de febrero de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0010, Exp. 23-1219, 05/02/2024
Expediente23-1219
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2024-02-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de apelación en relación a una acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Efraín Jesús Moreno Negrín en defensa de José Gregorio Albelaez Martínez. La apelación se fundamenta en la inadmisibilidad de la acción de amparo dictada por la Corte de Apelaciones, que se basó en la supuesta fijación de una audiencia preliminar. La Sala, tras analizar la competencia y los argumentos presentados, decidió que la apelación era procedente y ordenó a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Nueva Esparta que informara sobre el estado del proceso penal seguido contra el ciudadano.
Extracto de la motiva
Que “(l)a situación procesal en este caso, evidentemente demuestra la violación flagrante de los derechos y garantías que asisten al ciudadano José Gregorio Albelaez Martínez dentro del proceso penal y conforme a lo previsto en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 1, 230 y 309 de la Ley Orgánica de Reforma del Código Orgánico Procesal Penal”. Que “en fecha 15 de noviembre de 2021, la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, dicta decisión por medio de la cual declaró inadmisible la Acción de Amparo Constitucional interpuesta, indicando como causal para ello la contenida en el Ordinal 1 del artículo 6 de de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por considerar que al ciudadano Juez de Control, informar que se había fijado la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar para el día 15 de noviembre de 2023, habían cesado los motivos que dieron lugar a la interposición del habeas corpus”. Ello así, considera esta Sala que, a fin de salvaguardar la tutela judicial efectiva, le es dado al juez constitucional, previo a la emisión del fallo correspondiente, la posibilidad de requerir la información que sea necesaria o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del caso sometido a su conocimiento. Así, en aras de realizar un pronunciamiento, y en virtud de los numerosos diferimientos que han impedido la celebración de la audiencia preliminar y a tenor de lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, dicta auto para mejor proveer y, en consecuencia, se ORDENA a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Nueva Esparta para que, dentro de los cinco (5) días continuos más cinco (5) días del término de la distancia de que conste en autos dicha notificación, indique i) si ante el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Fronterizo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, u otros Juzgados cursan diferentes causas penales seguidas al ciudadano José Gregorio Albelaez Martínez, de ser así, precise la nomenclatura de las mismas, los delitos imputados, y el estado actual de estas, así como también el año en el cual fue privado de libertad el referido ciudadano ii) si se celebró la audiencia preliminar fijada el 15 de noviembre de 2023, por el referido Tribunal Primero de Primera Instancia, en el expediente número OJ01-P-2022-000039, de no ser así, informe el motivo por la cual no se ha realizado, y señale a esta Sala de manera sucinta el estado actual de la causa penal seguida a dicho ciudadano.
Dispositiva
Se ORDENA a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Nueva Esparta para que, dentro de los cinco (5) días continuos más cinco (5) días del término de la distancia de que conste en autos dicha notificación, indique i) si ante el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Fronterizo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, u otros Juzgados cursan diferentes causas penales seguidas al ciudadano José Gregorio Albelaez Martínez, de ser así, precise la nomenclatura de las mismas, los delitos imputados, y el estado actual de estas, así como también el año en el cual fue privado de libertad el referido ciudadano ii) si se celebró la audiencia preliminar fijada el 15 de noviembre de 2023, por el referido Tribunal Primero de Primera Instancia, en el expediente número OJ01-P-2022-000039, de no ser así, informe el motivo por la cual no se ha realizado, y señale a esta Sala de manera sucinta el estado actual de la causa penal seguida a dicho ciudadano.
Palabras clave
habeas corpusderechos humanostutela judicialproceso penalgarantías constitucionalesCorte de ApelacionesLey Orgánica de Amparo