Sentencia N° 10 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de febrero de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 10, Exp. 10-1211, 13/02/2012
Expediente10-1211
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-02-13
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por Warlin Ramón López. La decisión se basa en la falta de actuación de la parte actora durante más de seis meses, lo que se considera abandono del trámite. Se impone una multa de cinco bolívares a la parte accionante por el entorpecimiento de las labores de la Sala.

Extracto de la motiva

Efectivamente, conforme a tal criterio los solicitantes de las pretensiones de amparo constitucional deben manifestar a lo largo del proceso el interés en que su acción sea resuelta. Ello así, visto que en el presente caso se ha verificado la inactividad de la parte actora por más de seis meses, se advierte que tal situación debe interpretarse como la pérdida del interés de la misma, y siendo que en el presente caso no afecta el orden público ni lesiona el interés general, esta Sala declara que ha habido abandono del trámite, y, en consecuencia, se debe declarar terminado el procedimiento. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con medida cautelar innominada por el ciudadano WARLIN RAMÓN LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.909.115, asistido por el abogado Carlos Desiderio Delgado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.570, contra el fallo dictado el 11 de octubre de 2010 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante el cual se declaró con lugar la apelación formulada por la representación judicial del aquí quejoso, demandado en el juicio de resolución de contrato de opción de compra venta que interpusiera la ciudadana Martha Mayerlin Odreman Torrealba, en tal sentido se modificó el fallo apelado, se declaró sin lugar la demanda de resolución de contrato y con lugar la reconvención planteada.

Palabras clave

amparo constitucionalabandonos de trámitemultainterésprocedimientoLey Orgánica de Amparo

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