Sentencia N° 10 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de febrero de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 10, Exp. 10-0940, 15/02/2011
Expediente10-0940
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-02-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a una acción de amparo constitucional interpuesta por un grupo de ciudadanos turcos contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Zulia. La Corte había declarado inadmisible un recurso de apelación por extemporáneo. La Sala, al considerar la situación, decidió oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control para que remitiera copia certificada del expediente y la oportunidad en que se entregaron las copias solicitadas por el abogado de los accionantes.
Extracto de la motiva
Esta Sala, previo al pronunciamiento respecto de la admisión de la pretensión constitucional de autos y en aras de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales de ambas partes, a tenor de lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, estima necesario oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, para que dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, más ocho (08) días del término de la distancia correspondiente, remita a esta Sala Constitucional copia certificada de la incidencia contentiva del recurso de apelación ejercido por el abogado Idemaro Enrique González Sulbarán contra la decisión que dicho Juzgado dictó el 22 de abril de 2010, en la que -entre otros pronunciamientos- ratificó la medida de aseguramiento sobre el buque Aqua, matrícula N.º 9346732, de bandera Malta. Asimismo, informe –con prueba certificada de ello- la oportunidad en la cual la Secretaría de ese Juzgado entregó al prenombrado abogado, las copias simples que solicitó mediante diligencia del 23 de abril de 2010, de la decisión en cuestión.
Dispositiva
ORDENA oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, para que dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, más ocho (08) días del término de la distancia correspondiente, remita a esta Sala Constitucional copia certificada de la incidencia contentiva del recurso de apelación ejercido por el abogado Idemaro Enrique González Sulbarán contra la decisión que dicho Juzgado dictó el 22 de abril de 2010, en la que -entre otros pronunciamientos- ratificó la medida de aseguramiento sobre el buque Aqua, matrícula N.º 9346732, de bandera Malta, e informe –con prueba certificada de ello- la oportunidad en la cual la Secretaría de ese Juzgado entregó al prenombrado abogado, las copias simples que solicitó mediante diligencia del 23 de abril de 2010, de la decisión en cuestión, so pena de incurrir en la infracción señalada en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
tutela judicialrecurso de apelaciónmedida de aseguramientoLey Orgánica de AmparoLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justiciaderechos constitucionales